La diputada Martha Estela Romo Cuéllar propuso reformar el artículo 4º constitucional, con el objetivo de reducir de 68 años a 65 la edad para que los adultos mayores puedan recibir la pensión que otorga el Estado.
Plantea que las personas mayores de sesenta y cinco años
tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en
los términos que fije la Ley.
En el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos
esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cuatro años de edad. En
la actualidad se entrega a partir de los 65 años.
La iniciativa, que analiza la Comisión de Puntos
Constitucionales, señala que con esta reforma se garantizaría el acceso a todas
y todos los adultos mayores, y se cubriría a un mayor número de personas que
por la pandemia han perdido su principal fuente de ingreso y, por su edad, es
difícil conseguir un nuevo empleo.
Expone que la crisis económica generada por el Covid-19
empieza a traducirse en disminución de los ingresos en la población. Aunque en
algunos sectores la pérdida de empleo puede ser temporal, en la mayoría será
definitiva, afectando de manera importante a la prolongación de la crisis y a
la recuperación económica.
Estima que tales afectaciones serán mayores en grupos vulnerables,
como las personas adultas mayores, y peor aún para personas de dicho grupo que
se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema.
Las estimaciones realizadas por expertos son preocupantes y
quienes serán los más afectados son los grupos vulnerables, como las personas
de la tercera edad. Es más alarmante aún para los adultos de la tercera edad,
pues si no cuentan con seguridad social, como la mayoría de la población,
resulta que la pérdida de su empleo a los 65 años sería catastrófica, destaca.
Refiere que en México la edad de retiro es a los 65 años. A
esa edad, hombres y mujeres pueden pensionarse, según la Ley de Ahorro para el
Retiro de 1997.
Sin embargo, considera, debido a que la mayoría de los
mexicanos se encuentran en la informalidad, sobre todo la generación que empezó
a laborar en los años sesenta y setenta, es indispensable que el Estado
mexicano garantice que la pensión no contributiva llegue no a los 68 como marca
el citado artículo, sino a los 65, para cubrir a toda la población, haya
trabajado en la formalidad o no.
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