viernes, 17 de agosto de 2012

SEMARNAT niega proyecto de "parque eólico de Cozumel"


La empresa México Power Group no sustentó que la realización del proyecto no provocaría un impacto en una o más especies protegidas de la denominada "Isla de las Golondrinas"

Por Isela Serrano / Luces del Siglo
Cancún, Qna. Roo., a 16 de agosto de 2012.- Por imprecisiones e inconsistencias en su descripción que no permiten conocer las dimensiones, ubicación y alcances, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que el Proyecto del Parque Eólico Cozumel fue rechazado.

En un comunicado, la dependencia destacó que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental no autorizó la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) que permitiría a la compañía promotora iniciar el proyecto este año, de acuerdo con el calendario de obra.

Bajo el título, "Cozumel sin Golondrinas" y "Calderón y sus molinos de viento", Luces del Siglo reveló las intenciones de la compañía México Power Group de instalar un Parque Eólico de 115 hélices sobre 6 mil hectáreas, lo cual, de acuerdo con los lineamientos legales vigentes y la opinión de expertos, impactaría considerablemente a la también llamada "isla de la Paz".

El argumento legal de la dependencia encargada de otorgar la autorización o negarla, estuvo basado en la contravención de lo establecido en los artículos 30, 35, fracción III, incisos a) y b) de la LGEEPA y 10, fracción I, 13, 44 y 45, fracción III, de su REIA, precisó Semarnat esta tarde.

En el comunicado, la Semarnat puntualiza: "el proyecto se encuentra regulado por el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, que prohíbe la instalación de infraestructura de comunicación y conducción de energía eléctrica, así como los relacionados con flora y fauna, que prohíben cortar, quemar o remover la vegetación natural”, dijo la autoridad ambiental.

Advirtió que el Parque Eólico tendría influencia en el sitio Ramsar denominado 1921 Manglares y Humedales del Norte de la Isla de Cozumel, sin presentar la vinculación del mismo con la NOM-022-SEMARNAT-2003 y el artículo 60 TER de la Ley General de Vida Silvestre, que protege al manglar.

La dependencia federal detalló que la empresa México Power Group, promovente del Parque Eólico de Cozumel no sustentó que la realización del proyecto no propiciará que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción, algunas de ellas incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.